Como cada año, se acerca el periodo de presentación de las Cuentas Anuales, y para este año existe una novedad en cuanto a los documentos a presentar, que es la declaración de identificación del titular real.
El motivo es la creación de una base informatizada en el Registro Mercantil de titulares reales de las sociedades.
La declaración de identificación del titular real se debe acompañar, rellenando el modelo oficial, a las cuentas anuales de ejercicios cerrados con posterioridad al 1 de enero de 2017 en el momento en el que se depositan en el Registro Mercantil.
¿Quién es el titular real?
*Control – Cuando una sociedad (dominante) se encuentre en relación con otra sociedad (dependiente) en alguna de las siguientes situaciones:
Es indiferente el modelo de cuentas anuales que se presente (normal, abreviado, PYME).
El documento sólo debe acompañar a las cuentas individuales, por tanto, no es exigible para quien formule y deposite cuentas consolidadas.
Los responsables del contenido de la declaración son aquellos obligados a formular y firmar las cuentas anuales (los administradores).
Todas las personas jurídicas domiciliadas en España que depositan cuentas en el Registro Mercantil están obligadas a la declaración de identificación del titular real, salvo las Sociedades Anónimas Cotizadas (NO incluye aquellas sociedades cuyas acciones cotizan en el Mercado Alternativo Bursátil).