Devolución de IVA soportado en países comunitarios.

5 septiembre, 2019
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Las compañías españolas que hayan soportado IVA durante el año 2018 en otros países comunitarios tienen de plazo hasta el día 30 de Setiembre para tramitar la solicitud de devolución ante la Administración tributaria española

Este procedimiento sólo es aplicable para solicitar la devolución de las cuotas de IVA soportadas en países comunitarios.

 

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