Con el fin de mitigar los efectos económicos derivados de la crisis energética causada por el conflicto en Oriente Medio, se aprueba el RDL 7/2026 por el que se aprueban medidas tributarias, laborales y en materia económica. Entre ellas, destacan las siguientes:
Fiscal
Dentro de las medidas tributarias destacan, entre otras, las siguientes:
IRPF
- Se prorroga al ejercicio 2026 la deducción por adquisición de vehículos eléctricos enchufables y de pila de combustible y puntos de recarga.
- Se amplía a los ejercicios 2025 y 2026 el ámbito temporal de aplicación de la deducción por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas.
- Desde 1-1-2026, se crea una nueva deducción para propietarios de inmuebles y propietarios de viviendas ubicadas en edificios de uso predominante residencial por la instalación de sistemas destinados al autoconsumo de energía eléctrica que utilicen energía procedente de fuentes renovables, que asciende al 10%-20% de las cantidades satisfechas desde el 1-1-2026 hasta el 31-12-2026 por tal instalación.
IS
- Con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2025 que no hubieran finalizado el 22-3-2026 Se prorroga la posibilidad de amortizar libremente las inversiones que utilicen energías renovables para los ejercicios iniciados o finalizados en 2025 y 2026, siempre que los bienes entren en funcionamiento durante esos mismos años.
- Se amplía la amortización libre para determinados vehículos eléctricos y nuevas infraestructuras de recarga (de potencia normal o alta) afectos a actividades económicas, siempre que entren en funcionamiento en los ejercicios que comiencen en 2026.
IVA
Hasta 30-6-2026, se reducen del 21% al 10% los tipos impositivos aplicables a la entrega, importación y AIB de determinados productos energéticos: suministro eléctrico en supuestos vinculados a potencia contratada o a bono social, gas natural y determinados combustibles sólidos de biomasa/leña, y un conjunto de carburantes y biocarburantes; adicionalmente, se prevé un cese en junio, independiente por cada bloque, condicionado a la evolución del IPC de abril publicada por el INE en mayo.
Impuestos locales
- IAE: con el fin de favorecer la electrificación industrial, se aprueban medidas urgentes para el reforzar el sistema eléctrico que afectan, entre otras, al elemento tributario potencia instalada en el IAE, para excluir, de forma expresa, las potencias de los hornos y calderas eléctricos.
- IBI e ICIO: se permite a las entidades locales regular una bonificación en relación con la instalación de sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía ambiente de hasta:
- el 50% de la cuota íntegra del IBI para los bienes inmuebles en los que se hayan instalado estos sistemas; y
- el 95% en el ICIO a favor de las construcciones, instalaciones u obras en las que se incorporen los mismos.
Laboral
La medidas en materia laboral y de Seguridad Social aprobadas son:
Prohibición temporal de despedir
Hasta 30-6-2026, las empresas que reciban las ayudas directas establecidas en esta norma no pueden despedir por causas de fuerza mayor o ETOP derivadas de la situación a la que pretende hacer frente. Esto también aplica a contratos fijos-discontinuos y a cooperativas, que no pueden reducir puestos de trabajo. Si incumplen, deberán devolver las ayudas y los despidos se considerarán nulos.
Plan de movilidad sostenible
Se reduce de 24 a 12 meses el plazo para que las empresas con centros de más de 200 personas (o 100 por turno) elaboren e implanten planes de movilidad sostenible. En definitiva, tienen hasta el 5-12-2026 para la elaboración e implantación de los mismos, y para ello deberán tener en cuenta los planes de movilidad de la entidad local.
Las empresas beneficiarias de ayudas que no cumplan esta obligación deberán devolverlas.
Mercantil
A efectos de determinar la concurrencia de la causa de disolución de una sociedad por pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, no se toman en consideración las pérdidas de los ejercicios 2020 y 2021 hasta el cierre del ejercicio que se inicie en el año 2026. Si, excluidas esas pérdidas, en el resultado del ejercicio 2022, 2023, 2024, 2025 o 2026 se apreciaran pérdidas que dejen reducido el patrimonio neto a una cantidad inferior a la mitad del capital social, debe convocarse por los administradores o puede solicitarse por cualquier socio en el plazo de 2 meses a contar desde el cierre del ejercicio, la celebración de Junta para proceder a la disolución de la sociedad, a no ser que se aumente o reduzca el capital en la medida suficiente.
Otras medidas económicas
Energía
Se establece la flexibilización temporal de contratos de electricidad y de gas natural para autónomos y empresas, que pueden hasta el 31-12-2026 solicitar cambios en sus contratos (peajes, potencias…), sin las limitaciones establecidas.
Comercio exterior
Devolución a las empresas de las cuotas pagadas para la participación en las ferias, u otras actividades de promoción de comercio internacional que sean canceladas o las que la empresa no pueda asistir debido a la cancelación del transporte en el que se iba a desplazar.
Transporte
- Ayuda para sufragar el precio del gasóleo consumido por los titulares de los vehículos que tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. El importe de la ayuda ascenderá a 0,2 euros por cada litro de gasóleo adquirido hasta 30-6-2026. La utilización de la tarjeta gasóleo profesional se considera solicitud.
- Ayuda a titulares de autorizaciones VDE, VT, VTC, VSE, MDLE, MDPE y titulares de autobuses urbanos para sufragar el precio del gasóleo consumido por profesionales del transporte terrestre por carretera que, respecto de determinados de sus vehículos, no puedan ser beneficiarios de la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. La solicitud puede presentarse entre el 1-5-2026 y el 30-6-2026.
- Ayudas a empresas operadoras de transporte marítimo regular. La cuantía se establece en 0,1375266 céntimos de euro por cada milla navegada por tonelada de arqueo bruto (GT). La solicitud puede presentarse en el plazo de 3 meses desde la finalización del trimestre de aplicación.
- Se crea el Programa Auto+, consistente en incentivar la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados, mediante ayudas a empresas (personas físicas como jurídicas).
- El ICO podrá otorgar reavales, con una validez de 3 meses, sobre los avales bancarios emitidos por entidades financieras a autónomos y pymes del sector del transporte de mercancías por carretera para la cobertura de tarjetas de crédito de combustible. Pueden solicitarse hasta 30-6-2026.
Sector agrario y pesquero
- Ayuda a titulares de explotaciones agrarias para compensar el posible incremento de costes provocados por el aumento del precio del gasóleo agrario. El importe de la ayuda ascenderá a 0,2 euros por cada litro de gasóleo adquirido y destinado exclusivamente al uso agrario hasta 30-6-2026.
- Ayudas a agricultores, en compensación por el incremento de costes provocados por el aumento del precio de los fertilizantes. Las cuantías son: hasta 22 euros/ha (secano) y 55 euros/ha (regadío). No se concederán ayudas cuando el importe a percibir resulte inferior a 100 euros. Así mismo, las mismas se concederán hasta un máximo de 300 ha/beneficiario, priorizando la superficie de regadío.
- Se establece una ayuda para armadores por incremento de costes de combustible, consistente en una compensación de 0,2 euros/litro de combustible hasta el 30-6-2026.
- Exención de la tasa de la pesca fresca (T-4) durante un periodo de 3 meses.
Información facilitada por Lefebvre