Nota de interés 1/2025: Sabían que...

11 febrero, 2025
|

Hacienda ha puesto el ojo en los préstamos entre socios y sociedades.

La Audiencia Nacional en reciente sentencia ha corroborado el criterio de la Inspección que consideró un negocio simulado el contrato de préstamo entre socio y sociedad, basándose en la falta de reintegración periódica y del pago de intereses por parte del prestatario.
Por tanto es aconsejable: documentar el préstamo, contabilizarlo adecuadamente, liquidar el impuesto sobre trasmisiones Patrimoniales para dejar constancia de la fecha, recoger en acta de junta general de accionistas las condiciones y la concesión u obtención del préstamo, y el prestatario debe cumplir con las condiciones de amortización del préstamo y el pago de intereses.

Font & Yildiz - abogados en Barcelona
Avenida Diagonal 601 Planta 6ª C
08028 Barcelona

Tel. +34 93 494 89 80
Fax +34 93 494 89 81

info@fy-legal.com

Suscríbete a nuestro Newsletter

De conformidad con el RGPD y la LOPDGDD, FONT & YILDIZ SL tratará los datos facilitados con la finalidad de enviar un boletín informativo entre los suscriptores. Podrá ejercer, si lo desea, los derechos de acceso, rectificación, supresión, y demás reconocidos en la normativa mencionada. Para obtener más información acerca de cómo estamos tratando sus datos, acceda a nuestra política de privacidad

Copyright © 2019-2021  Font & Yildiz  - 
Esta actuación está impulsada y subvencionada por el SOC, y financiada al 100% por el Fondo Social Europeo como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVD-19

banners fons
cross