¿Está pensando en comprar un inmueble?
Seguramente ha escuchado hablar del contrato de arras.
¿Qué es el contrato de arras?
No es más que un acuerdo privado entre comprador y vendedor, donde las partes se comprometen a efectuar la compraventa futura de una propiedad. Es en este momento cuando el comprador entrega al vendedor una cantidad de dinero, que normalmente puede oscilar entre el 5 o 20% del precio.
Dicho esto, no firme un contrato de arras sin antes conocer las cuestiones esenciales.
El contrato debe regular, al menos, los siguientes aspectos:
- Datos de identificación de las partes.
- Identificación del inmueble.
- Plazo para formalizar la escritura de compraventa.
- Precio total, impuestos y medios de pago así como el importe de las arras.
- Quien asume los gastos de la compraventa, inscripción y los impuestos.
- Condiciones esenciales que motivaran la compra.
Existen tres tipos de arras: confirmatorias, penitenciales y penales.
Al efecto, es importante destacar que si no se determina el tipo, se presumen arras meramente confirmatorias.
Veamos, resumidamente, cada una de ellas:
Son aquellas en virtud de las cuales, en caso de incumplimiento, el perjudicado podrá optar entre:
- Exigir el cumplimiento de la obligación y solicitar intereses.
- Resolver la obligación y solicitar una indemnización por los daños causados. No obstante, ello no implica que las arras confirmatorias se consideren como una indemnización de daños y perjuicios. En ese caso, hablaríamos de arras penales.
Deben pactarse expresamente y es la más habitual, porque ambas partes se dan mutuamente la oportunidad de desistir del contrato, esto es:
- Si el comprador desiste, pierde las arras puesto que el vendedor tiene derecho a quedárselas.
- Si el vendedor es quien desiste, deberá pagar al comprador el doble de la cantidad entregada en concepto de arras.
Al igual que las Arras Penitenciales, deben pactarse expresamente y permiten a las partes desistir unilateralmente de la compraventa, pero con la diferencia de que podrán solicitar la indemnización de los daños y perjuicios causados.
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